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Agrupación 01. Ganado
bovino |
| Cuotas para las explotaciones de ganado
bovino...: |
Agrupación 01. Explotación de ganado bovino.
Grupo 011. Explotación extensiva de ganado bovino.
Cuota de: 155 pesetas por cabeza.
Grupo 012. Explotación intensiva de ganado bovino de leche.
Cuota de: 310 pesetas por cabeza.
Grupo 013. Explotación intensiva de ganado bovino de cebo.
Cuota de: 155 pesetas por cabeza.
| Norma común a esta agrupación. (sólo
ganado bovino)...: |
Nota común a la Agrupación 01: Los animales nacidos en la explotación y hasta la edad
de seis meses no se computarán en los grupos de esta Agrupación, y su rendimiento se
considera incluido en el asignado al ganado reproductor.
| Norma común para toda la división 0
(ganadería independiente)...: |
Notas comunes a la División 0:
1.a Si el importe total de las cuotas correspondientes a las actividades
clasificadas en esta División, ejercidas en la misma explotación, fuese inferior a 6.000
pesetas, el sujeto pasivo tributará por cuota cero.
2.a Cuando la actividad ganadera se ejerza en el régimen denominado
"ganadería integrada", las cuotas correspondientes serán satisfechas por el
"ganadero integrador" o dueño del ganado.
3.a A efectos de esta División, se entenderá extensiva la explotación
realizada con disposición total o parcial de una base territorial con aprovechamiento de
pastos o prados para alimentar el ganado.
| Norma común para todas las actividades
empresariales: ganaderas, mineras, industriales, comerciales y de servicios...: |
Nota común a la Sección Primera: De conformidad con lo dispuesto en el criterio Cuarto
del artículo 153 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, las cuotas consignadas en esta
Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario
constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades
empresariales, en los términos previstos en la Regla 14a.1.G) de la
Instrucción.
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