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Impuesto sobre Actividades Económicas Agrupación 02. Ganado ovino y caprino
Cuotas para las explotaciones de ganado ovino y caprino...:


Agrupación 02. Explotación de ganado ovino y caprino.

Grupo 021. Explotación extensiva de ganado ovino.

Cuota de: 40 pesetas por cabeza.

Grupo 022. Explotación intensiva de ganado ovino de cria.

 

Cuota de: 50 pesetas por cabeza reproductora.

Grupo 023. Explotación intensiva de ganado ovino de cebo.

Cuota de: 25 pesetas por cabeza.

Grupo 024. Explotación de ganado caprino.

Cuota de: 33 pesetas por cabeza.
Norma común a esta agrupación. (sólo ganado ovino y caprino)...:


Nota común a la Agrupación 02: Los animales nacidos en la explotación y hasta la edad de tres meses, no se computarán en los grupos de esta Agrupación, y su rendimiento se considera incluido en el asignado al ganado reproductor.

Norma común para toda la división 0 (ganadería independiente)...:


Notas comunes a la División 0:

1.a Si el importe total de las cuotas correspondientes a las actividades clasificadas en esta División, ejercidas en la misma explotación, fuese inferior a 6.000 pesetas, el sujeto pasivo tributará por cuota cero.

2.a Cuando la actividad ganadera se ejerza en el régimen denominado &quotganadería integrada", las cuotas correspondientes serán satisfechas por el &quotganadero integrador" o dueño del ganado.

3.a A efectos de esta División, se entenderá extensiva la explotación realizada con disposición total o parcial de una base territorial con aprovechamiento de pastos o prados para alimentar el ganado.

Norma común para todas las actividades empresariales: ganaderas, mineras, industriales, comerciales y de servicios...:


Nota común a la Sección Primera: De conformidad con lo dispuesto en el criterio Cuarto del artículo 153 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la Regla 14a.1.G) de la Instrucción.


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