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Agrupación 06. Otras
explotaciones ganaderas |
| Cuotas para otras explotaciones ganaderas
no clasificadas en otras partes (n.c.o.p): ganado caballar, apicultura y otras...: |
Agrupación 06. Otras explotaciones ganaderas n.c.o.p.
Grupo 061. Explotaciones de ganado caballar, mular y asnal.
Cuota de: 100 pesetas por cabeza.
Grupo 062. Apicultura.
Cuota de: 8 pesetas por colmena.
Grupo 069. Otras explotaciones ganaderas.
Cuota de: Por cada obrero: 9.200 pesetas.
Nota: Este grupo comprende las explotaciones ganaderas no especificadas en esta
División tales como las explotaciones de sericultura, cría de animales para peletería,
cría de caza en cautividad, cría de animales de laboratorio, caracoles, etcétera.
| Norma común para toda la división 0
(ganadería independiente)...: |
Notas comunes a la División 0:
1.a Si el importe total de las cuotas correspondientes a las actividades
clasificadas en esta División, ejercidas en la misma explotación, fuese inferior a 6.000
pesetas, el sujeto pasivo tributará por cuota cero.
2.a Cuando la actividad ganadera se ejerza en el régimen denominado
"ganadería integrada", las cuotas correspondientes serán satisfechas por el
"ganadero integrador" o dueño del ganado.
3.a A efectos de esta División, se entenderá extensiva la explotación
realizada con disposición total o parcial de una base territorial con aprovechamiento de
pastos o prados para alimentar el ganado.
| Norma común para todas las actividades
empresariales: ganaderas, mineras, industriales, comerciales y de servicios...: |
Nota común a la Sección Primera: De conformidad con lo dispuesto en el criterio Cuarto
del artículo 153 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, las cuotas consignadas en esta
Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario
constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades
empresariales, en los términos previstos en la Regla 14a.1.G) de la
Instrucción.
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