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Impuesto sobre Actividades Económicas Agrupación 07. Explotaciones mixtas
Cuotas para explotaciones mixtas. Suma de las cuotas parciales de las actividades que se desarrollen (siempre que sean de ganadería independiente)...:


Agrupación 07. Explotaciones mixtas.

Grupo 071. Explotaciones mixtas.

Cuota de: la cantidad resultante de sumar las cuotas parciales correspondientes a cada una de las actividades que se ejerzan, con arreglo a lo previsto en los grupos y epígrafes de las Agrupaciones anteriores.

Nota: Se clasifican en este grupo los sujetos pasivos que ejerzan en una misma explotación más de una de las actividades clasificadas en las Agrupaciones 01 a 06 de esta División.

 

Norma común para toda la división 0 (ganadería independiente)...:


Notas comunes a la División 0:

1.a Si el importe total de las cuotas correspondientes a las actividades clasificadas en esta División, ejercidas en la misma explotación, fuese inferior a 6.000 pesetas, el sujeto pasivo tributará por cuota cero.

2.a Cuando la actividad ganadera se ejerza en el régimen denominado &quotganadería integrada", las cuotas correspondientes serán satisfechas por el &quotganadero integrador" o dueño del ganado.

3.a A efectos de esta División, se entenderá extensiva la explotación realizada con disposición total o parcial de una base territorial con aprovechamiento de pastos o prados para alimentar el ganado.

Norma común para todas las actividades empresariales: ganaderas, mineras, industriales, comerciales y de servicios...:


Nota común a la Sección Primera: De conformidad con lo dispuesto en el criterio Cuarto del artículo 153 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la Regla 14a.1.G) de la Instrucción.


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