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Agrupación 95.
Asistencia y servicios sociales. |
| Cuotas a aplicar a los serivicos
asistenciales y sociales...: |
Agrupación 95. Asistencia y servicios sociales.
Grupo 951. Asistencia y servicios sociales para niños, jóvenes, disminuidos
físicos y ancianos, en centros residenciales.
Cuota de: 14.700 pesetas.
Nota: Cuando estos establecimientos cobren por los servicios que presten a cada usuario
menos de 100.000 pesetas anuales, tributarán por cuota cero.
Grupo 952. Asistencia y servicios sociales para niños, jóvenes, disminuidos
físicos y ancianos, en centros no residenciales.
Cuota de: 9.100 pesetas.
| Norma común para todas las actividades
empresariales: ganaderas, mineras, industriales, comerciales y de servicios...: |
Nota común a la Sección Primera: De conformidad con lo dispuesto en el criterio Cuarto
del artículo 153 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, las cuotas consignadas en esta
Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario
constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades
empresariales, en los términos previstos en la Regla 14a.1.G) de la
Instrucción.
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