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Agrupación 22. Ingenieros
Técnicos y Ayudantes de aeronaútica y Ayudantes de Ingenieros de Armamentos y
construcción y similares |
| Cuotas a aplicar a los Ingenieros
Técnicos y Ayudantes de la aeronaútica y Ayudantes de Ingenieros de Armamento y
Construcción y similares...: |
Agrupación 22. Ingenieros Técnicos y Ayudantes de la aeronáutica y Ayudantes de
Ingenieros de Armamento y Construcción y similares.
Grupo 221. Ingenieros técnicos aeronáuticos, ayudantes y peritos.
Cuota de: 23.000 pesetas.
Grupo 222. Ingenieros técnicos de telecomunicación, ayudantes y peritos.
Cuota de: 24.700 pesetas.
Grupo 223. Ayudantes de ingenieros de armamento y construcción, de armas navales e
ingenieros técnicos electromecánicos del ICAI.
Cuota de: 20.800 pesetas.
Grupo 224. Dibujantes técnicos.
Cuota de: 20.800 pesetas.
Grupo 225. Técnicos en telecomunicación.
Cuota de: 21.400 pesetas.
Grupo 226. Técnicos en sonido.
Cuota de: 21.400 pesetas.
Grupo 227. Técnicos en iluminación.
Cuota de: 21.400 pesetas.
Grupo 228. Ingenieros técnicos navales, ayudantes y peritos.
Cuota de: 22.000 pesetas.
| Notas comunes para todas las actividades
profesionales...: |
Notas comunes a la Sección Segunda:
1a. Quienes inicien el ejercicio de cualquier actividad profesional a partir
del 1 de enero de 1997, satisfarán durante los cinco primeros años el 50 por ciento de
la cuota correspondiente. Este período caducará, en todo caso, una vez transcurridos
cinco años desde la primera declaración de alta.
2a. De conformidad con lo dispuesto en el criterio Cuarto del artículo 153
de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, las cuotas consignadas en esta Sección se
completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por
la superficie de los locales en los que se realicen las actividades profesionales, en los
términos previstos en la Regla 14a.1.G) de la Instrucción.
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