Guía Fiscal Navarra, Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.)


Normas Declaraciones ejercicio - 1996 Campaña 1997


este Decreto Foral regula las Declaraciones de dos impuestos : IRPF e IP (renta personas físicas y patrimonio) sobre ingresos percibidos en 1997...:



DECRETO FORAL 88/1998, de 23 de marzo, por el que se dictan las normas para la presentación de las declaraciones por los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre el Patrimonio correspondientes al año 1997.

(BON núm. 40 de 03-4-98)

La normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como la del Impuesto sobre el Patrimonio, dispone que los sujetos pasivos deberán presentar la declaración correspondiente a los mismos e ingresar, en su caso, la deuda resultante.

Teniendo en cuenta que se ha producido el devengo del año 1997 en ambos Impuestos, resulta necesario dictar las normas reguladoras de las declaraciones a presentar por dicho año.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintitrés de marzo de mil novecientos noventa y ocho,

DECRETO:

Artículo 1.º 1. Estarán obligados a presentar declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por el período impositivo de 1997 los sujetos pasivos que obtengan rentas sujetas y no exentas al mismo.

caso de declaración conjunta...:


Los sujetos pasivos que estén integrados en una unidad familiar podrán optar por presentar la declaración de forma conjunta, con arreglo a lo dispuesto en el Título VIII de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

casos de no-declaración conjunta...:


2. Los sujetos pasivos que no compongan una unidad familiar y aquellos que componiéndola no opten por la sujeción conjunta al Impuesto no estarán obligados a declarar en los siguientes supuestos:

no hay obligación de declarar, y simplificamos, cuando no se alcancen las 1.100.000,- ptas. brutas anuales que vengan del trabajo o que...


1.º Cuando obtengan rentas inferiores a 1.100.000 de pesetas brutas anuales, siempre que procedan exclusivamente de alguna de las siguientes fuentes:

Tratándose de pensiones y haberes pasivos, el límite a que se refiere el párrafo primero de este apartado será de 1.200.000 pesetas.

rendimientos empresariales o profesionales, cuando no lleguen ingresos, o ventas a los dos millones y medio, o que...:


2.º Cuando obtengan rendimientos derivados de actividades empresariales o profesionales y concurran los siguientes requisitos:

3. En el supuesto de que los sujetos pasivos integrados en una unidad familiar opten por presentar la declaración de forma conjunta, se aplicarán las reglas establecidas en el número anterior referidas al conjunto de la unidad familiar, si bien el límite establecido en el párrafo primero del apartado 1.º se elevará a 1.200.000 pesetas.

para los cálculos anteriores, no se consideran las imputaciones de rendimientos de la residencia habitual...:


4. A los efectos de lo previsto en el número 2, apartado 1.º, no se tendrán en cuenta los rendimientos de la vivienda propia que constituya residencia habitual del sujeto pasivo.

si estuviera fuera de las obligaciones de declarar, puede hacerlo el contribuyente si tiene retenciones o similares a su favor...:


5. Podrán presentar declaración aquellas personas físicas con derecho a devolución por razón de las retenciones, ingresos a cuenta o pagos fraccionados realizados, a efectos de que por la Administración se tramite la correspondiente devolución cuando proceda.

ahora respecto al Impuesto sobre el Patrimonio ...:


Artículo 2.º Estarán obligados a presentar declaración del Impuesto sobre el Patrimonio por el año 1997:

Artículo 3.º Con vigencia exclusiva para el período impositivo de 1997, cuando la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sea inferior o igual a 2.000.000 de pesetas se aplicará la siguiente escala:

(hemos cortado la muy larga lista y elaborado dos cuadros :

pulse a su elección; y si desea ver la generalidad de Bases y de Cuotas, pulse aquí; del Equipo Redactor.)



y plazos : entre el 21 abril y el 19 junio, del 98, para la declaración...:


Artículo 4.º Las declaraciones de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre el Patrimonio correspondientes a 1997 deberán presentarse en el período comprendido entre los días 21 de abril y 19 de junio de 1998, ambos inclusive.

Dichas declaraciones deberán ajustarse al modelo oficial que será aprobado, mediante Orden Foral, por el Consejero de Economía y Hacienda.

declaración en modelo oficial, y documentación adicional requerida (en original)...:


Artículo 5.º 1. Junto con la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, los sujetos pasivos deberán presentar los siguientes documentos:

documentos, caso de rendimientos del trabajo, de gastos deducibles, de retenciones...:


a) Cuando se declaren rendimientos íntegros del trabajo y, en su caso, gastos deducibles, retenciones o ingresos a cuenta derivados de los mismos: Certificación de la persona o entidad pagadora que contenga, necesariamente, los siguientes datos:

Para la aplicación del resto de gastos deducibles en rendimientos de esta naturaleza se requerirá aportar justificación documental suficiente.

caso de rendimientos del capital mobiliario ...:


b) Cuando se declaren rendimientos del capital mobiliario: Certificación de la persona o entidad pagadora que contenga, al menos, los siguientes datos:

Si los rendimientos fuesen abonados a través de entidades depositarias o gestoras, la anterior certificación podrá ser sustituida por las comunicaciones que tales entidades realizan a los interesados indicándoles las cantidades abonadas y retenidas.

caso de gastos deducibles en rendimientos de capital mobiliario o inmobiliario, justificantes...:


c) Cuando para la determinación de los rendimientos netos del capital mobiliario o inmobiliario se declaren gastos deducibles: Justificación documental suficiente.

perticularmente, caso de préstamos para compra o rehabilitación de viviendas y ...:


En particular, tratándose de préstamos concedidos por entidades financieras para la adquisición o rehabilitación de inmuebles urbanos, la certificación emitida por las referidas entidades deberá contener necesariamente los siguientes datos:

casos de rendimientos por actividades profesionales, agropecuarias, casos también de premios...:


d) Cuando se declaren retenciones o ingresos a cuenta por premios o por rendimientos de actividades profesionales, agrícolas o ganaderas: Certificación de la persona o entidad pagadora que contenga los siguientes datos:

casos de reducciones de la base; casos de deducciones (vg., donativos a fundaciones, amortización préstamos...) en la cuota : documentos...:


e) Cuando se realicen reducciones de la base y deducciones en la cuota, con excepción de la relativa a la percepción de rendimientos del trabajo: Justificación documental acreditativa del cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos para poder efectuar tales deducciones.

En particular, tratándose de deducción por donativos efectuados a Fundaciones o Asociaciones, así como a las entidades a que se refiere la disposición adicional sexta de la Ley Foral 10/1996, de 2 de julio, sobre régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio, la certificación emitida por estas entidades deberá contener los datos establecidos en el artículo 41 de la citada Ley Foral.

Por su parte, tratándose de la amortización de préstamos concedidos por entidades financieras para la adquisición o rehabilitación de inmuebles urbanos, la certificación emitida por las mismas deberá contener, necesariamente, los siguientes datos:

Cuando se practique la deducción por arrendamientos de viviendas que no disfruten del derecho a revisión de renta:

caso de percepción de arrendamientos de viviendas sin revisión de rentas...:


- Justificación de inscripción en el Censo de Arrendamiento de Viviendas del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, creado por Orden Ministerial de 20 de diciembre de 1994, y documento expedido por el Servicio de Vivienda del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, que recoja la renta actualizada que teóricamente se hubiese devengado en cada ejercicio de no existir impedimento para la revisión y la renta realmente devengada.

caso de vivir en alquiler...:


Si se practica la deducción por alquiler de vivienda deberá consignarse, además, el N.I.F. del arrendador.

caso de percibirse por sociedades en transparencia fiscal...:


f) Cuando se declaren bases imponibles positivas imputadas por sociedades en régimen de transparencia fiscal: Certificación de la entidad haciendo constar los datos previstos en la Orden Foral 48/1998, de 9 de marzo, por la que se aprueba el modelo de notificaciones a los socios residentes de las imputaciones por las sociedades en régimen de transparencia fiscal.

g) Cuando se consignen rentas atribuidas por sociedades civiles, tengan o no personalidad jurídica, herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptible de imposición, deberá adjuntarse certificación expedida por la entidad en la que consten los siguientes datos:

a') Identificación, domicilio fiscal y porcentaje de participación y, en su caso, de atribución de cada uno de los socios, comuneros o partícipes, con la completa identificación de éstos.

b') Importe total de las cantidades a atribuir, con el siguiente detalle:

no presentar tales documentos (que significan menores pagos al contribuyente) resulta en que no se tienen en cuenta ...:


2. La no presentación de los documentos o la falta de cumplimentación de los datos a que se refiere el número 1 anterior llevará consigo que los gastos y deducciones a que darían derecho no sean tenidos en cuenta en la liquidación provisional que se practique tras la correspondiente revisión.

documentos, de ser facturas o equivalentes, que deberán ser correctos...:


3. Sin perjuicio de lo previsto en el presente artículo, la justificación de los gastos y de las deducciones en la cuota se efectuarán en la forma prevista en el Decreto Foral 85/1993, de 8 de marzo, por el que se regula la expedición de facturas y la justificación de gastos y deducciones.

de resultar a pagar, hay lugares de presentación...:


Artículo 6.º 1. Si de la autoliquidación practicada por cualquiera de los dos Impuestos resultase una cantidad a pagar, el ingreso deberá hacerse en cualquier entidad financiera colaboradora de la Hacienda Pública de Navarra, pudiendo el contribuyente presentar la declaración en la entidad donde haya efectuado el pago o en cualquiera de las siguientes oficinas del Departamento de Economía y Hacienda:

Los contribuyentes podrán asimismo remitir la declaración por correo certificado a la Oficina Tributaria Territorial de Pamplona.

si resulta a devolver o también, de cuota-cero, se presentan los documentos además en...:


2. Si de la autoliquidación practicada resulta cantidad con derecho a devolución o cuota "cero", la presentación de la declaración deberá realizarse en cualquiera de las Oficinas del Departamento de Economía y Hacienda a que se refiere el número anterior, o remitirse por correo certificado a la Oficina Tributaria Territorial de Pamplona, pudiendo, asimismo, presentarse en las oficinas de cualquier entidad financiera colaboradora de la Hacienda Pública de Navarra que, con carácter voluntario, asuma este servicio de recepción de declaraciones, según lo dispuesto en la Disposición Adicional del Decreto Foral 157/1996, de 25 de marzo.

...siempre que se presenten en plazo; caso contrario, las oficinas temporales no funcionan...:


3. Cualquier declaración efectuada fuera del plazo establecido en el artículo 4.º anterior habrá de presentarse en dependencias permanentes del Departamento de Economía y Hacienda o remitirse al mismo por correo certificado.

pagos parciales : la primera mitad antes del 21 de junio (último día de plazo para presentar la declaración); la otra mitad, cinco meses después (si se ha presentado Declaración y pagado la primera mitad, en plazo)...:


4. El ingreso del importe de las autoliquidaciones se podrá fraccionar sin interés ni recargo alguno, en dos partes, la primera, del 50 por 100 del importe de la deuda, antes del día 20 de junio de 1.998, y la segunda, del resto, antes del día 21 de noviembre de 1998.

Para disfrutar de este beneficio será necesario que los contribuyentes presenten la declaración dentro del período establecido en el artículo 4.º y que la primera parte del fraccionamiento se ingrese en el plazo previsto en el párrafo anterior.

los medios informáticos de presentación para IRPF y para IP están a la venta...:


Artículo 7.º Las personas o entidades interesadas en la obtención de los programas informáticos de liquidación de los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio de las Personas Físicas podrán adquirirlos, al precio de mil pesetas cada uno, en el Departamento de Economía y Hacienda y en sus Oficinas Tributarias, a partir del día 29 de abril de 1998.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.-Se faculta al Consejero de Economía y Hacienda para dictar las disposiciones precisas para el desarrollo y aplicación de este Decreto Foral.

Segunda.-Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a las contenidas en este Decreto Foral.

Tercera.-Este Decreto Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, veintitrés de marzo de mil novecientos noventa y ocho.-El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.-El Consejero de Economía y Hacienda, José María Aracama Yoldi.



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Elaborada por: iturNet