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| operaciones societarias sujetas a este impuesto...: |
NORMA DEL IMPUESTO
Artículo 12
1. Son operaciones societarias sujetas:
2. No estará sujeta la ampliación de capital que se realice con cargo a reservas constituidas exclusivamente por prima de emisión de acciones.
(hay más sobre el tema en disposiciones distintas, donde se enumeran una serie de exenciones a este impuesto. Así,
- para los Fondos de Pensiones en el art. 76.2 de la Ley Foral 3/1988 (B.O.N. núm. 59 de 13.05.88), que indica: "La constitución, disolución y las modificaciones consistentes en aumentos y disminuciones de los Fondos de Pensiones, gozarán de exención en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.".
- para las Agrupaciones de Interés Económico y las Uniones Temporales de Empresas en los arts. 5º y 6º de la Ley Foral 12/1992 (B.O.N. núm. 130 de 28.10.92), que indican, respectivamente: "Las operaciones de constitución, aportación de los socios, aumento y reducción del capital, de disolución y de liquidación de las Agrupaciones de Interés Económico, así como los contratos preparatorios y demás documentos cuya formalización constituya legalmente presupuesto necesario para dicha constitución, gozarán de exención en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.../...". "Gozarán de exención las operaciones de constitución, ampliación, reducción, disolución y liquidación de la Unión, así como los contratos preparatorios y demás documentos cuya formalización constituya legalmente presupuesto necesario para la constitución de áquella (Uniones Temporales de Empresas)".
- para Sociedades Anónimas Laborales, Sociedades de Inversión Mobiliaria de Capital Fijo y Sociedades y Fondos de Capital Riesgo, en la Disposición Adicional Tercera de la Ley Foral 12/1992 (B.O.N. núm 130 de 28.10.92), que indica: A partir del 1 de enero de 1993, quedará exentas en la modalidad de "Operaciones Societarias" del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados las operaciones de constitución y aumento de capital de Sociedades Anónimas Laborales, Sociedades de Inversión Mobiliaria de Capital Fijo y Sociedades y Fondos de Capital Riesgo, siempre que concurran las condiciones y requisitos establecidos en su normativa reguladora para la aplicación de bonificaciones en la cuota devengada o en la base imponible"
y todas ellas están en sus respectivos lugares de esta Guía; del E.R.)
| Equiparación, a efectos de este impuesto, de distintas formas jurídicas a sociedades...: |
Artículo 13
A los efectos de este Impuesto, se equipararán a Sociedades:
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