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ORDEN FORAL 154-1998, de 7 de agosto, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que dictan normas de declaración de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas, sobre Sociedades y sobre el Patrimonio, devengados por obligación real, así como del gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes, se determina el porcentaje de gastos de los establecimientos permanentes cuyas operaciones no cierran un ciclo mercantil, se establece la regla de conversión a moneda nacional de los pagos en moneda extranjera y se regula la certificación acreditativa de la sujeción personal. (BON 124, de 16-X-98)

Para ir al texto de esta OF (pulse); aquí disponemos los anexos a tal OF.


(ANEXOS)

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO V

ANEXO VI

ANEXO VII

Presentación en soporte magnético del modelo 215

El soporte magnético directamente legible por ordenador deberá llevar adherida en el exterior una etiqueta, en la que se hagan constar los datos del declarante que se especifican a continuación y necesariamente en el mismo orden:

  • a) Ejercicio.

  • b) Modelo 215.

  • c) Número de identificación fiscal (NIF), del declarante.

  • d) Apellidos y nombre o razón social, del declarante.

  • e) Domicilio, municipio y código postal, del declarante.

  • f) Apellidos y nombre de la persona con quien relacionarse.

  • g) Teléfono y extensión de dicha persona.

  • h) Número total de registros del archivo.

  • i) Densidad del soporte 360K, 1.2 MB, 720K o 1.44 MB.

  • j) Número total de perceptores declarados.

Para hacer constar los referidos datos bastará consignar cada uno de ellos precedido de la letra que le corresponda, según la relación anterior.

En el supuesto de que el archivo conste de más de un soporte, todos llevarán su etiqueta numerada secuencialmente: 1/n, 2/n, etc. siendo "n" el número total de soportes. En la etiqueta del segundo y sucesivos volúmenes sólo será necesario consignar los datos indicados en las letras a, b, c y d anteriores.

Si los datos consignados en el ejemplar de la hoja resumen del modelo 215 no coinciden con los datos consignados en las etiquetas adheridas a los soportes o con los grabados en los soportes magnéticos directamente legibles por ordenador, se dará por no realizada la presentación de la declaración.


a) Características de los soportes magnéticos

Los soportes magnéticos directamente legibles por ordenador para la realización de las Declaraciones de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre Sociedades. Declaración de No Residentes Sin Establecimiento Permanente (modelo 215) habrán de cumplir las siguientes características:

Disquetes:

  • De 5 1/4" doble cara. Doble densidad (360 k) Sistema operativo MS-DOS.

  • De 5 1/4" doble cara. Alta densidad (1.2 Mb) Sistema operativo MS-DOS.

  • De 3 1/2" doble cara. Doble densidad (720 k) Sistema operativo MS-DOS.

  • De 3 1/2" doble cara. Alta densidad (1.44 Mb) Sistema operativo MS-DOS.

  • Código ASCII en mayúsculas sin caracteres de control o tabulación.

  • Registros de 260 posiciones.

Los disquetes deberán llevar un solo fichero, cuyo nombre será NRXXXX, siendo XXXX las cuatro cifras del ejercicio fiscal que corresponde a la declaración, conteniendo este único fichero los diferentes tipos de registros y en el orden que se mencionan en el apartado B).

Si el fichero ocupa más de un disquete, deberá presentarse en formato "back-up", que se realizará mediante los comandos del sistema operativo MS-DOS, especificando el nombre del comando utilizado para obtener el back-up y la versión del sistema operativo empleados.

b) Diseños lógicos

Descripción de los registros.

Para cada declaración se incluirán dos tipos diferentes de registros, que se distinguen por la primera posición, con arreglo a los siguientes criterios:

  • Tipo 1: Registro del declarante: Datos identificativos y resumen de la declaración.

  • Tipo 2: Registros de perceptores.

El orden de presentación será el del tipo de registro, existiendo un único registro de tipo 1 y tantos registros del tipo 2 como perceptores.

Todos los campos alfabéticos/alfanuméricos se presentarán alineados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas y sin caracteres numéricos o especiales, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.

Todos los campos numéricos se presentarán alineados a la derecha y rellenos a ceros por la izquierda, sin signos y sin empaquetar.

Todos los campos tendrán contenido, a no ser que se especifique lo contrario en la descripción del campo. Si no lo tuvieran, los campos numéricos se rellenarán a ceros y los alfabéticos/alfanuméricos a blancos.

1

Numérico

Tipo de Registro:

Constante "1" (Uno)

2-4

Numérico

Modelo:

Constante "215"

5-10

Alfanumérico

Devengo:

Este campo se subdivide en dos:

5-6: Trimestre natural al que corresponde la declaración (1T, 2T, 3T o 4T) o mes (01 02, ..., 11, 12).

7-10: Ejercicio; las cuatro cifras del año natural al que corresponde la declaración (ha de ser numérico).

11-12

Numérico

Administración tributaria ante la que se presenta la declaración:

Constante "31"

13

Alfanumérico

Clave Ingreso/Devolución.

Resultado de la autoliquidación. Se consignará el que corresponda según el siguiente detalle:

I: A ingresar o cuota cero.

D: Solicitud de devolución.

14-22

Alfanumérico

N.I.F. del declarante.

Se consignará el NIF del sujeto pasivo o representante o responsable solidario, del que presente la declaración. Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda.

23

Alfanumérico

F/J (del declarante).

Se indica F si se trata de una persona física y J si es una entidad o persona jurídica.

24-63

Alfanumérico

Apellidos y nombre o denominación o razón social del declarante (en este orden).

Si es una persona física se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio, y el nombre completo, necesariamente en este orden. Para personas jurídicas se consignará la razón social completa, sin anagrama.

En ningún caso podrá figurar en este campo un nombre comercial

64-96

Alfanumérico

Domicilio fiscal del declarante.

Este campo se subdivide en seis:

64-65: Siglas del domicilio fiscal.

66-85: Nombre de la vía pública. Ha de ser alfabético y, en consecuencia, la que tenga números en su nombre se consignará con letras. (Ejemplo: 2 de mayo, será dos de mayo.) En caso de ser una carretera se finalizará con la abreviatura km.

86-90: Número de la casa o punto kilométrico (sin decimales). Ha de ser numérico de cinco posiciones.

91-92: Escalera. Escalera del domicilio fiscal.

93-94: Piso. Piso del domicilio fiscal.

95-96: Puerta. Puerta del domicilio fiscal.

97-105

Numérico

Número de teléfono del declarante.

106-110

Numérico

Código postal.

El que corresponda al domicilio fiscal del declarante. Se consignarán los dos dígitos que corresponden a la provincia del domicilio según la tabla siguiente:

  • 01. Alava.

  • 02. Albacete.

  • 03. Alicante.

  • 04. Almería.

  • 05. Avila.

  • 06. Badajoz.

  • 07. Baleares.

  • 08. Barcelona.

  • 09. Burgos.

  • 10. Cáceres.

  • 11. Cádiz.

  • 12. Castellón.

  • 13. Ciudad Real.

  • 14. Córdoba.

  • 15. Coruña, A.

  • 16. Cuenca.

  • 17. Girona.

  • 18. Granada.

  • 19. Guadalajara.

  • 20. Guipúzcoa.

  • 21. Huelva.

  • 22. Huesca.

  • 23. Jaén.

  • 24. León.

  • 25. Lleida.

  • 26. La Rioja.

  • 27. Lugo.

  • 28. Madrid.

  • 29. Málaga.

  • 30. Murcia.

  • 31. Navarra.

  • 32. Ourense.

  • 33. Oviedo.

  • 34. Palencia.

  • 35. Palmas, Las.

  • 36. Pontevedra.

  • 37. Salamanca.

  • 38. Santa Cruz de Tenerife.

  • 39. Cantabria.

  • 40. Segovia.

  • 41. Sevilla.

  • 42. Soria.

  • 43. Tarragona.

  • 44. Teruel.

  • 45. Toledo.

  • 46. Valencia.

  • 47. Valladolid.

  • 48. Vizcaya.

  • 49. Zamora.

  • 50. Zaragoza.

  • 51. Ceuta.

  • 52. Melilla.

Seguido de tres ceros.

Si es un no residente, sin establecimiento permanente, que consigna un domicilio en el extranjero indicará como código de provincia los dígitos: 99NNN, siendo NNN el código del país de residencia de acuerdo con las claves de países que figuran en el anexo VIII de la presente Orden Foral.

111-134

Alfabético

Municipio del declarante.

Ocupa veinticuatro posiciones. Si el nombre excede de veinticuatro posiciones, se consignarán las veinticuatro primeras sin artículos ni preposiciones.

135-139

Numérico

Número de rentas devengadas.

Se consignará el número total de rentas incluidas en el soporte (número de registros de tipo 2).

140-157

Alfanumérico

Suma de las cuotas diferenciales individuales.

Este campo está subdividido en tres:

140 (Signo): Se consignará la letra N cuando el resultado de la suma de las cuotas diferenciales sea menor que cero. En cualquier otro caso se rellenará con un blanco.

141-155 (Numérico): Suma de cuotas diferenciales. Se consignará en valor absoluto, la parte entera del importe total de la suma de las cuotas diferenciales correspondientes a todas las rentas relacionadas. (Suma de la cuota diferencial de todos los registros de tipo 2.)

156-157 (Numérico): Se consignará la parte decimal del importe anterior. Este campo sólo deberá ser cumplimentado cuando el importe venga expresado en euros, en cualquier otro caso se rellenará a ceros.

158-162

Alfabético

Clave de titular.

Este campo se subdivide en cinco, indicándose en cada uno de ellos la condición del presentador de la declaración. Se consignarán las que correspondan según el siguiente detalle:

158 Sujeto pasivo: Se consignará una X cuando el titular de la declaración sea Sujeto Pasivo.

159 Representante: Se consignará una X cuando el titular de la declaración actúe como Representante.

160 Depositario: Se consignará una X cuando el titular de la declaración actúe como Depositario.

161 Pagador: Se consignará una X cuando el titular de la declaración actúe como Pagador.

162 Gestor: Se consignará una X cuando el titular de la declaración actúe como Gestor.

163-187

Numérico

Tributación conjunta. Pagador.

Cuando presenten la declaración sociedades u otras entidades, como pagadores de rendimientos satisfechos a no residentes que sean sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades en régimen de tributación conjunta a la Administración del Estado y a las Diputaciones Forales del País Vasco y/o a la Comunidad Foral de Navarra, indicarán en este apartado el porcentaje correspondiente a cada Administración en función del volumen de operaciones, referido a la última declaración del Impuesto sobre Socied ades. El porcentaje se indicará con tres enteros y dos decimales.

163-167 Porcentaje correspondiente a la Administración del Estado.

168-172 Alava.

173-177 Guipúzcoa.

178-182 Vizcaya.

183-187 Navarra.

188-260

Blancos.

Todas las cantidades serán positivas.


1

Numérico

Tipo de Registro:

Constante "2" (Dos)

2-4

Numérico

Modelo:

Constante "215"

5-10

Alfanumérico

Devengo:

Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1.

11-12

Numérico

Administración tributaria ante la que se presenta la declaración:

Constante "31"

13

Alfanumérico

Clave Ingreso/Devolución.

Resultado de la autoliquidación. Se consignará el que corresponda según el siguiente detalle:

I: A ingresar o cuota cero.

D: Solicitud de devolución.

14-22

Alfanumérico

N.I.F. declarante.

Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1.

23-31

Alfanumérico

N.I.F. sujeto pasivo.

Se consignará el N.I.F. del sujeto pasivo no residente, si lo posee. Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda.

32-43

Alfanumérico

Código extranjero.

Si el sujeto pasivo dispone de un número o código de identificación atribuido en su país de residencia, deberá consignarse en esta posiciones.

44

Alfanumérico

F/J (del sujeto pasivo).

Se indica F si se trata de una persona física y J si es una entidad o persona jurídica.

45-84

Alfanumérico

Apellidos y nombre o denominación o razón social del sujeto pasivo (en este orden).

Si es una persona física se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio, y el nombre completo, necesariamente en este orden. Para personas jurídicas se consignará la razón social completa, sin anagrama.

En ningún caso podrá figurar en este campo un nombre comercial.

85-87

Numérico

Código postal.

Código de país de residencia del sujeto pasivo. En el Anexo VIII de la presente Orden Foral se relacionan los códigos de los diferentes países.

88-96

Alfanumérico

N.I.F. del pagador.

Se consignará el N.I.F. del pagador que satisface los rendimientos objeto de declaración. Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda.

Deberá cumplimentarse con independencia de quien presente la declaración.

97

Alfanumérico

F/J (del pagador).

Se indica F si se trata de una persona física y J si es una entidad o persona jurídica.

98-137

Alfanumérico

Apellidos y nombre o denominación o razón social del pagador (en este orden).

Si es una persona física se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio, y el nombre completo, necesariamente en este orden. Para personas jurídicas se consignará la razón social completa, sin anagrama.

En ningún caso podrá figurar en este campo un nombre comercial.

138-145

Numérico

Fecha de devengo.

Se consignará en este campo el día, mes y el año natural al que corresponde la fecha de devengo de la renta declarada.

Ejemplo: Para una renta devengada el 30 de septiembre de 1998: 30091998.

146-147

Numérico

Tipo de renta.

La que corresponda de entre las numeradas en la relación adjunta.

148-150

Numérico

Clave de divisa.

De la relación adjunta de claves de divisas, se indicará la divisa utilizada para hacer los pagos.

151-175

Alfanumérico

Referencia catastral.

Cuando la renta declarada sea un rendimiento inmobiliario se hará constar la referencia catastral del bien inmueble del que proceda, que consta en el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles; en otro caso, este campo se rellenará a blancos.

176-190

Numérico

Base imponible

Este campo se subdivide en dos:

176-188 Se consignará el rendimiento íntegro devengado (sin decimales).

189-190 Se consignará la parte decimal del importe anterior. Este campo sólo deberá ser cumplimentado cuando el importe venga expresado en euros; en cualquier otro caso se rellenará a ceros.

191-194

Numérico

Tipo de gravamen. Será el que proceda para el rendimiento concreto. Variará según el tipo de renta, según el Convenio para evitar la doble imposición aplicable, etcétera.

En el caso de que se invoque exención se rellenará a ceros.

Este campo se subdivide en dos:

191-192 Se consignará la parte entera del tipo (si no tiene, consignar ceros).

193-194 Se consignará la parte decimal del tipo (si no tiene, consignar ceros).

195-209

Numérico

Cuota íntegra.

Este campo se subdivide en dos:

195-207 Se calculará aplicando el tipo de gravamen a la base imponible (sin decimales).

208-209 Se consignará la parte decimal del importe anterior. Este campo sólo deberá ser cumplimentado cuando el importe venga expresado en euros; en cualquier otro caso se rellenará a ceros.

210-224

Numérico

Deducción por donativos.

Este campo se subdivide en dos:

210-222 Se consignará el importe de la deducción por donativos efectuados (sin decimales), en base al artículo 20 de la Ley 18/1991, de 6 de junio. (Sólo si el sujeto pasivo es persona física).

223-224 Se consignará la parte decimal del importe anterior. Este campo sólo deberá ser cumplimentado cuando el importe venga expresado en euros; en cualquier otro caso se rellenará a ceros.

225-239

Numérico

Retenciones e ingresos a cuenta.

Este campo se subdivide en dos:

225-237 Se consignarán las retenciones que hayan sido efectivamente practicadas y otros pagos a cuenta efectuados (sin decimales).

238-239 Se consignará la parte decimal del importe anterior. Este campo sólo deberá ser cumplimentado cuando el importe venga expresado en euros; en cualquier otro caso se rellenará a ceros.

240-255

Alfanumérico

Cuota diferencial.

Este campo se subdivide en tres:

240 Signo. Se consignará la letra N cuando la cuota diferencial sea menor que cero. En cualquier caso se rellenará con un blanco.

241-253 Numérico. Se consignará, en valor absoluto y sin decimales, el resultado de restar de la cuota los importes reflejados en las casillas de deducción por donativos y retenciones/ingresos a cuenta. Si la suma de las retenciones e ingresos a cuenta supera el importe de la cuota minorada, en su caso, en el importe de la deducción por donativos, se consignará el exceso ingresado.

254-255 Numérico. Se consignará la parte decimal del importe anterior. Este campo sólo deberá ser cumplimentado cuando el importe venga expresado en euros; en cualquier otro caso, se rellenará a ceros.

256-260

Blancos.

Todas las cantidades serán positivas.


RELACION DE TIPOS DE RENTA

RENDIMIENTOS INMOBILIARIOS:

Inmuebles arrendados o subarrendados 01

Restantes inmuebles urbanos (uso propio) 02

RENTAS DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES 03

PARTICIPACION EN FONDOS PROPIOS DE ENTIDADES (DIVIDENDOS) 04

INTERESES Y OTROS RENDIMIENTOS DERIVADOS DE LA CESION

DE CAPITALES PROPIOS:

Intereses y otros rendimientos 05

Exentos 06

Bonificados 07

CANONES:

Propiedad industrial 08

Propiedad intelectual 09

Arrendamientos de bienes muebles, negocios o minas 10

Know-how y transferencias de tecnología 11

Otros 12

ASISTENCIA TECNICA 13

RENTAS DE ACTIVIDADES ARTISTICAS 14

RENTAS DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS 15

RENTAS DE ACTIVIDADES PROFESIONALES 16

RENTAS DEL TRABAJO 17

PENSIONES Y HABERES PASIVOS 18

REASEGUROS 19

ENTIDADES DE NAVEGACION MARITIMA O AEREA 20

SERVICIOS DE APOYO A LA GESTION 21

OTRAS RENTAS 22

IMPOSICION COMPLEMENTARIA

(Art. 19. Dos Ley 18/1991 y art. 162.2 Ley Foral 24/1996) 23


CLAVES DE DIVISAS

Chelín austríaco 040

Corona danesa 208

Corona noruega 578

Corona sueca 752

Dólar australiano 036

Dólar canadiense 124

Dólar neozelandés 554

Dólar USA 840

Dracma griega 300

Escudo portugués 620

Florín holandés 528

Franco belga 056

Franco francés 250

Franco luxemburgués 442

Franco suizo 756

Libra esterlina 826

Libra irlandesa 372

Lira italiana 380

Marco alemán 276

Marco finlandés 246

Peseta española 995

Unidad europea de cuenta 954

Yen japonés 392

Otras monedas 999


(en este anexo se dan los "códigos" que representan los países, que deben insertarse en las diversas declaraciones)

Códigos de Países

Europa

001 FRANCIA

002 BELGICA

003 PAISES BAJOS

004 ALEMANIA

005 ITALIA

006 REINO UNIDO

GRAN BRETAÑA

IRLANDA DEL NORTE

007 IRLANDA

008 DINAMARCA

009 GRECIA

010 PORTUGAL

Incluidas las Azores y Madeira

011 ESPAÑA

024 ISLANDIA

027 ARCHIPIELAGO SVALBARD

028 NORUEGA

Incluida la Isla Jan Mayen

030 SUECIA

032 FINLANDIA

037 LIECHTENSTEIN

038 AUSTRIA

039 SUIZA

Incluidos el territorio alemán de Büsingen y el municipio italiano de Campione d'Italia

041 ISLAS FEROE

043 ANDORRA

044 GIBRALTAR

045 CIUDAD DEL VATICANO

046 MALTA

Incluidos Gozo y Comino

047 SAN MARINO

052 TURQUIA

053 ESTONIA

054 LETONIA

055 LITUANIA

060 POLONIA

061 REPUBLICA CHECA

063 REPUBLICA ESLOVACA

064 HUNGRIA

066 RUMANIA

068 BULGARIA

070 ALBANIA

072 UCRANIA

073 BIELORRUSIA

074 MOLDAVIA

075 RUSIA

076 GEORGIA

077 ARMENIA

078 AZERBAIJAN

079 KAZAJSTAN

080 TURKMENISTAN

081 UZBEKISTAN

082 TAJIKISTAN

083 KIRGUIZISTAN

091 ESLOVENIA

092 CROACIA

093 BOSNIA-HERZEGOVINA

094 SERBIA Y MONTENEGRO

096 ANTIGUA REPUBLICA YUGOSLAVA DE MACEDONIA

101 MONACO

103 ISLAS ANGLONORMANDAS (Islas del Canal)

Islas de Guernesey y Jersey

104 ISLA DE MAN

108 LUXEMBURGO

118 LUXEMBURGO

Por lo que respecta a las rentas percibidas por las Sociedades a que se refiere el párrafo 1 del protocolo anexo al Convenio de doble imposición (3 de junio de 1986)

958 OTROS PAISES O TERRITORIOS NO RELACIONADOS

Africa

204 MARRUECOS

208 ARGELIA

212 TUNEZ

216 LIBIA

220 EGIPTO

224 SUDAN

228 MAURITANIA

232 MALI

236 BURKINA-FASO (Alto Volta)

240 NIGER

244 TCHAD

247 REPUBLICA DE CABO VERDE

248 SENEGAL

252 GAMBIA

257 GUINEA-BISSAU

260 GUINEA

264 SIERRA LEONA

268 LIBERIA

272 COSTA DE MARFIL

276 GHANA

280 TOGO

284 BENIN

288 NIGERIA

302 CAMERUN

306 REPUBLICA CENTRO AFRICANA

310 GUINEA ECUATORIAL

311 SANTO TOME Y PRINCIPE

314 GABON

318 CONGO

322 ZAIRE

324 RWANDA

328 BURUNDI

329 SANTA HELENA Y DEPENDENCIAS

Isla de la Ascensión e Islas Tristán da Cuhna

330 ANGOLA

Se incluye Cabinda

334 ETIOPIA

336 ERITREA

338 DJIBOUTI

342 SOMALIA

346 KENYA

350 UGANDA

352 TANZANIA

Tanganica, Zanzíbar y Pemba

355 SEYCHELLES Y DEPENDENCIAS

Islas Mahé, Silhouette, Praslin, La Digue, Fragata, Mamelles y Récifs, Bird y Danis, Plate y Coetivy, Islas Almirantes, Isla Alfonso, Islas Providencia, Islas Aldabra

357 TERRITORIO BRITANICO DEL OCEANO INDICO

Archipiélago de Chagos

366 MOZAMBIQUE

370 MADAGASCAR

372 REUNION

Se incluyen Isla Europea, Isla Bassas de India, Isla Juan de Nova, Isla Tromelín e Islas Gloriosas

373 MAURICIO

Isla Mauricio, Isla Rodríguez, Islas Agalega y Cargados Carajos Shoals (Islas San Brandon)

375 COMORES

Gran Comore, Anjouan y Mcheli

377 MAYOTTE

Gran Tierra y Pamanzi

378 ZAMBIA

382 ZIMBABWE

386 MALAWI

388 SUDAFRICA

389 NAMIBIA

391 BOTSWANA

393 SWAZILAND

395 LESOTHO

958 OTROS PAISES O TERRITORIOS NO RELACIONADOS

América

400 ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

401 PUERTO RICO

404 CANADA

406 GROENLANDIA

408 SAN PEDRO Y MIQUELON

412 MEXICO

413 BERMUDAS

416 GUATEMALA

421 BELLIZE

424 HONDURAS

Se incluyen las Islas Swan

428 EL SALVADOR

432 NICARAGUA

Se incluyen las Islas Corn

436 COSTA RICA

442 PANAMA

Se incluye la antigua Zona Canal

446 ANGUILLA

448 CUBA

449 SAN CRISTOBAL Y NEVIS

452 HAITI

453 BAHAMAS

454 ISLAS TURKS Y CAICOS

456 REPUBLICA DOMINICANA

457 ISLAS VIRGENES DE LOS ESTADOS UNIDOS

458 GUADALUPE

Se incluyen María Galante, Santos, La Pequeña Tierra, Deseada, San Bartolomé y la parte norte de San Martín

459 ANTIGUA Y BARBUDA

460 DOMINICA

462 MARTINICA

463 ISLAS CAYMAN

464 JAMAICA

465 SANTA LUCIA

467 SAN VICENTE

Se incluyen las Islas Granadinas del Norte

468 ISLAS VIRGENES BRITANICAS

469 BARBADOS

470 MONTSERRAT

472 TRINIDAD Y TOBAGO

473 GRANADA

Se incluyen las Islas Granadinas del Sur

474 ARUBA

478 ANTILLAS NEERLANDESAS

Curaçao, Bonaire, San Eustaquio, Saba y la parte sur de San Martín

480 COLOMBIA

484 VENEZUELA

488 GUYANA

492 SURINAM

496 GUYANA FRANCESA

500 ECUADOR

Se incluyen las Islas Galápagos

504 PERU

508 BRASIL

512 CHILE

516 BOLIVIA

520 PARAGUAY

524 URUGUAY

528 ARGENTINA

529 ISLAS MALVINAS (FALKLANDS)

No se incluyen Dependencia, Islas Malvinas, Georgia del Sur, Islas Sandwich del Sur

958 OTROS PAISES O TERRITORIOS NO RELACIONADOS

Asia

600 CHIPRE

604 LIBANO

608 SIRIA

612 IRAQ

616 IRAN

624 ISRAEL

625 GAZA Y JERICO

628 JORDANIA

632 ARABIA SAUDITA

636 KUWAIT

640 BAHREIN

644 QATAR

647 EMIRATOS ARABES UNIDOS

Abu Dhabi, Dubai, Sharja, Ajman, Umm al Q'aiwan, Ras al Khayma y Fujairah

649 OMAN

653 YEMEN

660 AFGANISTAN

662 PAKISTAN

664 INDIA

Se incluye Sikkim

666 BANGLADESH

667 MALDIVAS (Islas)

669 SRI LANKA

672 NEPAL

675 BHOUTAN

676 MYANMAR (Antigua Birmania)

680 THAILANDIA

684 LAOS

690 VIETNAM

696 KAMPUCHEA (Camboya)

700 INDONESIA

701 MALASIA OCCIDENTAL Y ORIENTAL

Sarawak, Sabak y Labuan

703 BRUNEI

706 SINGAPUR

708 FILIPINAS

716 MONGOLIA

720 CHINA

724 COREA DEL NORTE

728 COREA DEL SUR

732 JAPON

736 TAIWAN

740 HONG-KONG

743 MACAO

958 OTROS PAISES O TERRITORIOS NO RELACIONADOS

Australia, Oceanía y otros Territorios

800 AUSTRALIA

801 PAPUA-NUEVA GUINEA

Se incluyen Nueva Bretaña, Nueva Irlanda, Lavongai, Islas del Almirantazgo, Bougainville, Buka, Islas Green, de Entrecasteaux, Trobiand, Woodlark y el archipiélago de la Lousiada con sus dependencias

802 OCEANIA AUSTRALIANA

Islas de Cocos (keeling), Islas Christmas, Islas Heard y MacDonald, Isla Norfolk

803 NAURU

804 NUEVA ZELANDA

806 ISLAS SALOMON

807 TUVALU

809 NUEVA CALEDONIA Y DEPENDENCIAS

Islas de Pins, Islas Loyaulé, Huon, Delep, Cherterfield e Isla Walpole

810 OCEANIA AMERICANA

Samoa Americana, Guam: Islas menores alejadas de los Estados Unidos (Baker, Howland, Jarvis, Johston, Kingman Reef, Midway, Palmira y Wake)

811 ISLAS WALLIS Y FORTUNA

Se incluye la Isla Alori

812 KIRIBATI

813 PITCAIRN

Se incluyen Islas Henderson, Duciet Olmo

814 OCEANIA NEO-ZELANDESA

Islas Tokelau e Isla Niue

815 FIDJI

816 VANUATU

817 TONGA

819 SAMOA OCCIDENTAL

107 ISLAS COOK

820 ISLAS MARIANAS DEL NORTE

822 POLINESIA FRANCESA

Islas Marquesas, Isla de la Sociedad, Islas Gambier, Islas Tubual y Archipiélago de Tuamotu: se incluye la Isla de Clipperton

823 FEDERACION DE ESTADOS DE MICRONESIA

(Yap, Kosrae, Truk, Pohnpei)

824 ISLAS MARSHALL

825 PALAU

890 REGIONES POLARES

Regiones Articas no designadas ni incluidas en otra parte, Antártida, se incluye la Isla de Nueva Amsterdam, Isla San Pablo, las Islas Crozet y Kerguelén y la Isla Bonvert; Georgia del Sur y las Islas Sandwich del sur

958 OTROS PAISES O TERRITORIOS NO RELACIONADOS

Otros

921 ORGANISMOS INTERNACIONALES


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