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Personas obligadas a
declarar |
están
obligadas las personas físicas con patrimonio (neto) superior a
25.000.000,-
ptas. esto es, 150.253,00 euros (nota: hasta 31.12.98, eran 21 millones ptas.) o cuando sus bienes
superen los cien millones de pesetas (601.012,1 euros); o cuando tienen que
declarar / tributar por
obligación real ... : en todo caso, lo que venimos de decir de patrimonio neto debe
matizarse, ya que hay una concreta forma de calcular activos y pasivos,
y algunas exenciones. |
Artículo 36. Personas obligadas
a presentar declaración.
1. Están obligados a presentar declaración:
-
a) Los sujetos pasivos del Impuesto cuando su base imponible resulte
superior a 25.000.000 de pesetas (150.253,00 euros)
o cuando no dándose esta circunstancia
el valor de sus bienes o derechos, determinado de acuerdo con las normas reguladoras del
Impuesto, resulte superior a 100.000.000 de pesetas (esto es,
601.012,1
euros).
-
b) Los sujetos pasivos que tributen por obligación real.
| pero
Hacienda puede pedir declaración (no dice pago) en el resto
de los casos ... : |
2. No obstante lo dispuesto en el número anterior, el
Departamento de Economía y Hacienda podrá requerir a cualquier sujeto pasivo
la presentación de la correspondiente declaración. (este
punto 36.2 tiene tan mala redacción que parece inverosímil o falto de
garantías al contribuyente; pero debe entenderse como que Hacienda puede
requerir la presentación -se supone que para descubrir bienes o bases en otros
impuestos, no tanto, o no sólo en éste- pero, desde luego, caso de no estarse
en lo fijado en el 36.1 -arriba- nunca derivarán sanciones por hacer tal
declaración requerida fuera de plazos "normales", ni pago por este
impuesto; del
)
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