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ip2.gif (1257 bytes) Personas obligadas a declarar

están obligadas las personas físicas con patrimonio (neto) superior a 25.000.000,- ptas. esto es, 150.253,00 euros (nota: hasta 31.12.98, eran 21 millones ptas.)  o cuando sus bienes superen los  cien millones de pesetas (601.012,1 euros); o cuando tienen que declarar / tributar por obligación real ... : en todo caso, lo que venimos de decir de patrimonio neto debe matizarse, ya que hay una concreta forma de calcular activos y pasivos, y algunas exenciones.

Artículo 36. Personas obligadas a presentar declaración.

1. Están obligados a presentar declaración:

  • a) Los sujetos pasivos del Impuesto cuando su base imponible resulte superior a 25.000.000 de pesetas (150.253,00 euros) o cuando no dándose esta circunstancia el valor de sus bienes o derechos, determinado de acuerdo con las normas reguladoras del Impuesto, resulte superior a 100.000.000 de pesetas (esto es, 601.012,1 euros).

  • b) Los sujetos pasivos que tributen por obligación real.

pero Hacienda puede pedir declaración (no dice pago) en el resto de los casos ... :

 

 

2.  No obstante lo dispuesto en el número anterior, el Departamento de Economía y Hacienda podrá requerir a cualquier sujeto pasivo la presentación de la correspondiente declaración. (este punto 36.2 tiene tan mala redacción que parece inverosímil o falto de garantías al contribuyente; pero debe entenderse como que Hacienda puede requerir la presentación -se supone que para descubrir bienes o bases en otros impuestos, no tanto, o no sólo en éste- pero, desde luego, caso de no estarse en lo fijado en el 36.1 -arriba- nunca derivarán sanciones por hacer tal declaración requerida fuera de plazos "normales", ni pago por este impuesto;   del mas.gif (874 bytes) )


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