DF
635-99, de 30 de diciembre, por el que se modifican parcialmente los Reglamentos del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades. (BON
164, de 31-12-99) incluye sus correcciones de erratas, en BON 5, de 12.01.00)
El presente Decreto Foral modifica determinados
preceptos de los Reglamentos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del
Impuesto sobre Sociedades.
El artículo 1.º recoge las modificaciones en el
Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, unas como consecuencia de
la aprobación de las medidas tributarias para el año 2000 y otras que se refieren al
régimen de retenciones a cuenta.
En lo que se refiere a las primeras, se incorporan las
modificaciones introducidas en la Ley Foral del Impuesto al Reglamento del mismo, al
objeto de proceder a su adaptación, y que se refieren a la aplicación del porcentaje de
reducción del 70% para determinadas prestaciones por fallecimiento, a la deducción por
adquisición de vivienda habitual en el supuesto de adecuación de la misma para personas
minusválidas y a la acreditación del grado de minusvalía.
En cuanto al régimen de retenciones a cuenta, se
modifica la tabla de retenciones sobre los rendimientos del trabajo, al objeto de
adecuarla a los tipos de la tarifa vigente para el año 2000; se establece el tipo de
retención del 18 por 100 con carácter general para los rendimientos del capital
mobiliario, con excepción de los derivados de la cesión de los derechos de imagen; y se
introduce como novedad el sometimiento a retención del 2 por 100 de los rendimientos de
actividades forestales.
El artículo 2.º recoge una única modificación del
Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, rebajando el tipo con carácter general del 25
por 100 al 18 por 100.
El artículo 3.º establece para los períodos que se
inicien durante el año 2000 los coeficientes de corrección de la depreciación monetaria
a los efectos del artículo 11 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y
Hacienda y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión
celebrada el día treinta de diciembre de mil novecientos noventa y nueve,
DECRETO:
Artículo 1.º Modificación del Reglamento del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Con efectos desde el 1 de enero del año 2000 los
artículos del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado
por el Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo, que se relacionan a continuación, quedarán
redactados con el siguiente contenido:
(estas modificaciones están ya en sus respectivos
apartados de IRPF)
Artículo 2.º Modificación del Reglamento del
Impuesto sobre Sociedades.
Con efectos desde el año 2000 el artículo 39 del
Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Decreto Foral 282/1997, de 13 de
octubre, quedará redactado con el siguiente contenido:
"Artículo 39. Importe de la retención o del
ingreso a cuenta.
El importe de la retención o del ingreso a cuenta se
determinará aplicando a la base de cálculo los porcentajes siguientes:
1.º Con carácter general, el 18 por 100.
2.º En el caso de arrendamiento y subarrendamiento de
inmuebles urbanos, el 15 por 100.
3.º En el caso de transmisiones o reembolso de
acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva, el 20 por 100.
4.º En el caso de rentas procedentes de la cesión del
derecho a la explotación de la imagen o del consentimiento o autorización para su
utilización, el 25 por 100."
Artículo 3.º Coeficientes de corrección de la
depreciación monetaria establecidos en el artículo 11 del Reglamento del Impuesto sobre
Sociedades.
Respecto de los períodos impositivos que se inicien
durante el año 2000 los coeficientes previstos en el artículo 11 del Reglamento del
Impuesto sobre Sociedades serán los siguientes:
(...puesto en su lugar)
DISPOSICION FINAL
El presente Decreto Foral, con los efectos previstos en
el mismo, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL
de Navarra.
Pamplona, treinta de diciembre de mil novecientos
noventa y nueve.-El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.-El Consejero de
Economía y Hacienda, Francisco J. Iribarren Fentanes. --