lista de actividades a la que es aplicable el método, conjuntamente para IRPF y para IVA; pero atención a que además, se incluyen las actividades dichas en anexo I (agropecuarias) y en anexo II, (otras actividades), si es que son accesorias a la actividad principal en cada caso; es decir, aquí hay listado de las actividades principales, allá las actividades accesorias incluibles...:

Artículo 1.º Actividades incluidas conjuntamente en la modalidad de signos, índices o módulos del método de estimación objetiva y en el régimen especial simplificado.

La clasificación que sigue es la del IAE Impuesto de Actividades Económicas (ex-Licencia Fiscal) ...: para mejor situación, señalaremos dónde empiezan los sectores productivos incluídos; pero también ahora, recuérdese que hay una serie de exclusiones (por tamaño de la empresa, medido de diversas formas) ...:

 

  1. La modalidad de signos, índices o módulos del método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido serán aplicables a las siguientes actividades o sectores de actividad:

(división 0) sector agropecuario ...:

- Servicios de cría, guarda y engorde de ganado.

- Otros trabajos, servicios y actividades accesorias realizadas por agricultores estén excluidos del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido o ganaderos que.

- Aprovechamientos que correspondan al cedente en las actividades agrícolas desarrolladas en régimen de aparcería.

(división 5) sector de construcción y auxiliares ...:

 

(división 6) sector del comercio... (recordamos nuevamente que éstas son actividades donde el sistema es para IRPF y para IVA, a la vez; hay en el art. 2 una más larga lista de actividades comerciales, donde sólo para IRPF)...:

 

(división 6) sector de hostelería...:

 

(división 6) sector de reparación...:

 

(división 7) sector de transportes y talleres...:

 

(división) 9, muy heterogénea, desde enseñanza hasta institutos de belleza...:

 

2. La determinación de las operaciones económicas incluidas en cada actividad deberá efectuarse de acuerdo con las normas del Impuesto sobre Actividades Económicas o Licencia Fiscal.

Asimismo, se entenderán incluidas en cada actividad las operaciones económicas que se incluyan expresamente en los anexos I y II de esta Orden Foral, siempre que se desarrollen con carácter accesorio a la actividad principal.

 



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